A través de la Resolución 466/2026, la Superintendencia de Seguros de la Nación eliminó la obligación de presentar declaraciones juradas periódicas sobre inactividad procesal y no seguro, centralizando el control en el sistema JYM. La medida busca desburocratizar la operativa de las aseguradoras, ajustar el cálculo de reservas y acelerar la digitalización del marco regulatorio.
A través de la Resolución RESOL-2026-466-APN-SSN#MEC, firmada por el Superintendente Guillermo Plate, el organismo regulador modificó el Reglamento General de la Actividad Aseguradora (RGAA) en concordancia con las políticas estatales de simplificación normativa y eficiencia operativa. Desde el ente gubernamental señalaron que la remisión periódica de las declaraciones juradas suscriptas por presidentes, síndicos y auditores externos resultaba redundante frente a los datos con los que ya cuenta el organismo a través de sus sistemas informáticos.
Simplificación normativa: La SSN elimina las declaraciones juradas firmadas por directivos y auditores externos al consolidar al Sistema Informativo de Juicios y Mediaciones (JYM) como la única fuente primaria de supervisión.
Entre las modificaciones centrales introducidas al cuerpo regulatorio, se destacan:
Desburocratización y centralización de datos: Se deja sin efecto la obligación de confeccionar y remitir las Declaraciones Juradas estipuladas en los puntos 33.3.3.5.3., 33.3.4. y 33.4.1.6.1.8. del RGAA, estableciendo el Sistema Informativo de Juicios y Mediaciones (JYM) como la fuente primaria de información y control.
Graduación de reservas por inactividad procesal: Para juicios en las ramas de Automotores, Motovehículos y Responsabilidad Civil sin actos impulsorios, se habilitó el ajuste de reservas aplicando factores de corrección sobre la fecha del último acto del proceso: 75% (entre 24 y 36 meses), 40% (entre 37 y 48 meses) y 20% (más de 49 meses).
Condiciones para la no constitución de pasivo: Se admite no constituir reserva por siniestros pendientes de verificación por inexistencia de póliza, endoso o contrato de afiliación fuera de vigencia, únicamente en la medida en que dicha excepción se haya opuesto en la contestación de la demanda o citación en garantía.
Reserva obligatoria para honorarios: La normativa explicita que quedan excluidos de la posibilidad de no constituir pasivo los montos correspondientes a honorarios profesionales en los juicios involucrados, los cuales deben ser registrados sin excepción.
Nuevos factores de reserva: Para juicios sin impulso procesal en Automotores, Motovehículos y Responsabilidad Civil, la corrección de pasivos se graduará en 75%, 40% y 20% según la antigüedad de la inactividad.
Con la entrada en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial, esta reformulación del marco regulatorio busca consolidar la supervisión mediante plataformas digitales vigentes. La estrategia persigue una reducción directa de las cargas administrativas de las aseguradoras, promoviendo la transparencia y garantizando la protección de los derechos de los asegurados.