SSN dictó la prohibición de emisión a LIBRA SEGUROS

El Organismo de Control dispuso prohibir la celebración de nuevos contratos. La medida, amplía la inhibición general de bienes dictada con fecha 11/02 pasado mediante Res. 2026-50, obedece a que en la presentación de sus Estados Contables correspondientes al ejercicio cerrado al 30 de junio de 2026


El Organismo de Control dispuso prohibir la celebración de nuevos contratos. La medida, amplía la inhibición general de bienes dictada con fecha 11/02 pasado mediante Res. 2026-50, obedece a que en la presentación de sus Estados Contables correspondientes al ejercicio cerrado al 30 de junio de 2026



En el día de la fecha se publicó en el Boletín Oficial de la República Argentina el texto de la Resolución 2026-393 de la Superintendencia de Seguros de la Nación, fechada el lunes 31/08, por la cual, el cual contiene el Informe de Auditoría Externa correspondiente a los mismos sin la opinión del auditor respecto de su razonabilidad.

La situación fue considerada por el Organismo como esencial por cuanto "impide a esta SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN contar con una conclusión profesional independiente sobre la razonabilidad de la información contable utilizada para evaluar la situación patrimonial y financiera de la entidad". 

Adicionalmente a la medida precautoria, se intimó a la aseguradora arbitre las medidas necesarias para que su auditor externo complete los procedimientos de auditoría que correspondan y obtenga evidencia suficiente y adecuada respecto de los Estados Contables al 30 de junio de 2026. debiendo presentar ante la Superintendencia un nuevo informe de auditoría, emitido una vez realizados los procedimientos necesarios para superar las limitaciones que dieron lugar a la abstención de opinión. 

Para acceder al texto completo de la Resolución 2026-393 haga click aquí