La Cámara Civil condenó a un abogado por haber iniciado una acción que estaba prescripta, aunque dijo que le informó de la situación al cliente y, ante su insistencia, inició igual el proceso. Sin embargo, el profesional no aportó ninguna prueba para confirmar su versión.
La Sala H de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil de la Capital Federal condenó a un abogado por haber iniciado una acción que estaba prescripta, aunque éste último afirmaba que le informó de la situación al cliente y, ante la insistencia, inició de todas maneras el proceso.
Según se desprende de la causa, caratulada “M. de D., D. A. c/ Z., F. s/ Daños y Perjuicios”, el actor fue despedido en 2015 y el juicio fue iniciado en 2018 . Al tiempo se dictó sentencia definitiva donde se declaró que la causa se inició ya prescripta la acción.
En primera instancia se rechazó la demanda por la cual el actor reclamaba la indemnización de los daños sufridos por una supuesta mala praxis del abogado demandado. El hombre dijo que fue mal asesorado por su letrado que inició la demanda sabiendo que el asunto estaba prescripto, lo que presuntamente no se le informó.
Ante la falta de pruebas, el profesional, por su mayor preparación, debía aportarlas, por ejemplo, documentos en los que se dejaba constancia escrita de la información proporcionada a su cliente, y de los riesgos que asumía.
En este escenario, el Tribunal señaló que no es un obstáculo iniciar una demanda aun cuando la acción esté prescripta, ya que el juez no puede declarar la prescripción de oficio y la suerte del litigio depende, en gran medida, de que el demandado no oponga la excepción, o que no se presente al juicio y sea declarado rebelde. Por ello en el caso se analizó si el letrado le advirtió al actor de los riesgos que corría el inicio de su demanda por despido.
Ante la falta de pruebas, el profesional, por su mayor preparación, debía aportarlas, por ejemplo, documentos en los que se dejaba constancia escrita de la información proporcionada a su cliente, y de los riesgos que asumía.
“El demandado debe tener una conducta procesal activa colaborando, tanto en la reconstrucción del hecho, por ser quien se encuentra en mejor posición para aportar los elementos tendientes a obtener la verdad objetiva, sino también destruyendo la causalidad del hecho con el daño. Este documento es un consentimiento informado entre un abogado y su cliente”, afirmó la cámara.
A su vez, agregó que “el abogado se compromete a representar al cliente en un caso judicial específico ante un juzgado” y que el abogado “explica la situación procesal actual del caso y la decisión que ha tomado el cliente. Además, el abogado manifiesta haber informado claramente al cliente sobre los posibles resultados y responsabilidades de su decisión, y que el cliente ha comprendido y aceptado voluntariamente”.
"Lo cierto es que no hay en autos ninguna prueba que justifique que fue el actor, a sabiendas, quien instó a su abogado a iniciar el proceso laboral, a pesar de la prescripción operada", concluyeron los camaristas José B. Fajre, Liliana E. Abreut de Begher y Claudio M. Kiper.
(Fuente: Diario Judicial)